DONACIONES Y SOCIEDAD CIVIL
Columnistas
El Mercurio
Martes 26 de marzo de 2013
Chile necesita una ley única de incentivos tributarios a las donaciones
Hay una gran incertidumbre respecto de la aplicación de los beneficios tributarios de donaciones de empresas, incrementada por las multas draconianas a las empresas cuando sus donaciones constituyen gasto rechazado....
En el mundo y en Chile la sociedad civil se hace cargo de proyectos y actividades de interés público, complementando las funciones del Estado. Personas y empresas donan dinero y tiempo a múltiples proyectos realizados frecuentemente (pero no exclusivamente) por organizaciones sociales sin fines de lucro (OSFL) en diversas áreas de interés social. A menudo (pero no siempre), las donaciones en dinero son incentivadas por el Estado, quien cofinancia las donaciones a través de beneficios tributarios otorgados a los donantes. Ello es congruente con la democracia (promueve el principio de subsidiariedad y una parcial devolución de soberanía fiscal a los contribuyentes) y con la evidencia sobre la mayor eficiencia de las OSFL en el desarrollo de proyectos de bien público, en comparación con la del estado.
La experiencia chilena sobre donaciones realizadas por privados con beneficios tributarios es antigua y diversa. Su característica principal es la profusión amplia e incoherente de normativas legales (más de 90) que regulan los beneficios tributarios de empresas y personas donantes, y las características de los donatarios. En cuanto a los beneficios, hay tratamientos muy desiguales en tasas y bases tributarias, créditos tributarios y límites máximos a las donaciones. Para un caso representativo de donantes, el beneficio tributario es relativamente alto en Chile: en casos muy restrictivos y hasta donaciones de de $13 millones al año, una persona puede recuperar hasta un 70% (la empresas hasta un 60%) de su donación. Pero los límites máximos que se pueden donar son muy bajos en Chile, en comparación internacional.
Además hay una gran incertidumbre respecto de la aplicación de los beneficios tributarios de donaciones de empresas, incrementada por las multas draconianas a las empresas cuando sus donaciones constituyen gasto rechazado. De los exiguos fondos donados en Chile, la mayor parte se concentra en cultura, universidades, educación, deporte y proyectos sociales. Pero también hay importantes áreas de interés público, como la protección del medio ambiente, el patrimonio natural y la salud, que están excluidas de los beneficios tributarios actuales.
Por lo tanto, no sorprende que las donaciones sean modestas, las OSFL estén subdesarrolladas y el gasto tributario por donaciones (lo que el Estado pierde por los beneficios tributarios otorgados a donantes) sea muy bajo en Chile, en comparación internacional. En 2011, el gasto tributario por donaciones alcanzó apenas a $46.800 millones, o un 0,04% del PIB.
La buena noticia es que hoy se ha alcanzado un excepcional consenso político sobre la necesidad de reemplazar el actual régimen de incentivos tributarios dispersos y confusos por una ley única de incentivos a las donaciones. La sociedad civil y las OSFL lo han solicitado en un seminario realizado en el año 2012. Un grupo significativo de legisladores (incluidos los senadores Alvear, Chahuán, Gómez, Lagos, Navarro y Orpis) han firmado un compromiso de apoyo a un régimen único para las OSFL. Los especialistas Ricardo Escobar y Roberto Peralta han elaborado propuestas para una nueva ley única. Más aún, el Ministro de Hacienda anunció en su última cuenta pública que este año ingresará un proyecto de ley única de donaciones al Congreso.
En concordancia con muchas de las propuestas planteadas arriba, propongo adoptar un nuevo régimen de incentivos tributarios para las donaciones basado en las siguientes características.
1. Reemplazar los cuerpos legales existentes por una única ley de incentivos tributarios para las donaciones a las OSFL, con un tratamiento tributario uniforme, único y simplificado, tanto para donantes como para donatarios.
2. Establecer beneficios tributarios más parecidos, por ejemplo, a los de EE.UU. y Alemania, implicando beneficios tributarios totales más bajos que los actuales pero con límites máximos de donaciones a rebajar de la renta imponible más elevados.
3. Permitir que toda institución de interés público pueda ser beneficiaria de incentivos tributarios, sin restricción respecto de su área de trabajo.
4. Reemplazar los comités temáticos actuales que aprueban proyectos y donaciones por un Comité Nacional de Donaciones, que apruebe donatarios, proyectos y donaciones para todas las áreas temáticas, empleando criterios transversales.
5. Liberar de multas a los montos donados por personas jurídicas que excedan los límites anuales.
6. Reducir la incertidumbre del tratamiento tributario y de la aprobación de donaciones por el SI.I. mediante la eliminación de requisitos y burocracia innecesaria e implementando mayores normas de transparencia.
La aprobación de una ley con estas características en el 2013 significaría un gran aporte para el desarrollo de las donaciones y de las OSFL en Chile, comprometiendo con mayor fuerza, y con más recursos privados y públicos, el involucramiento de la sociedad civil en el desarrollo de proyectos de interés publico.
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